
En la Sesión Ordinaria celebrada este viernes último por la noche en el recinto legislativo, el HCD, bajo la presidencia de Mariel Naya Yrigoyen, trató el Expediente N°5894/2023 referido al proyecto de Ordenanza de Interbloques de adherir a la Ley N°27.130 “Ley Nacional de Prevención del Suicidio”.
Puesto a consideración por la presidente, luego de una alocución del concejal Oscar Arbelo, el despacho fue aprobado de manera unánime como Ordenanza.
También contempla la creación en el ámbito de la ciudad de Curuzú Cuatiá del programa de prevención y asistencia a la persona con ideación y tentativa de suicidio, denominado "TU VIDA VALE MUCHO".
LA ORDENANZA
ART. 1°. ADHERIR a la Ley N° 27.130 "Ley Nacional de Prevención del Suicidio" que tienen como objeto la disminución de la incidencia y prevalencia del suicidio, a través de la prevención, asistencia y postvención.
ART. 2º.- CREAR en el ámbito de la ciudad de Curuzú Cuatiá, el Programa "TU VIDA VALE MUCHO" programa de Prevención, y Asistencia a la persona con ideación y tentativa de suicidio.
ART. 3º.- El Programa creado en el Art.2º de la presente tiene por Objetivos:
Asistir y contener, a través de recurso humano especializado a las personas con ideación o tentativa suicida, a sus familiares y/o allegados con el objetivo de prevenir o disminuir las secuelas psicológicas del entorno en los casos de consumación y generar las estrategias de prevención comunitaria en los casos de intento.
Desarrollar acciones y estrategias de prevención del suicido mediante la sensibilización y concientización de la población en general.
Brindar asistencia y capacitación a las instituciones locales con el fin de que tengan las herramientas necesarias para contener, asistir y lograr una detección temprana.
El estudio de las características de los intentos de suicido y los suicidios consumados en el ejido de la ciudad de Curuzú Cuatiá.
Garantizar la capacitación y actualización sistemática y permanente de los integrantes del equipo de trabajo.
ART. 4°. - La autoridad de aplicación de la presente Ordenanza, será el Área de Salud Municipal o la que el D.E.M. determine.
ART. 5. EI D.E.M. deberá generar campañas de difusión y prevención en toda la ciudad mediante materiales que brinden información sobre la problemática del suicidio y las formas de acceder al Programa creado en el artículo 2º de la presente.
ART. 6º.- El D.E.M., en conjunto con el Honorable Concejo Deliberante de Curuzú Cuatiá, gestionará e implementará líneas telefónicas gratuitas de apoyo y prevención, como así también la utilización de redes sociales que funcionen de manera parmente, como herramienta de detección temprana y abordaje de la población en riesgo.
ART. 7º.- CREAR un Observatorio Municipal sobre Suicidio, el mismo estará a cargo del Área de Salud Municipal, e instaurará un sistema de registro único y digital, que contenga información estadística de los intentos de suicidios, suicidios cometidos, métodos empleados, edad, sexo, dirección, nivel educativo, situación social, condiciones económicas, y toda otra información que resultare conveniente. Con el fin de ser utilizada para la implementación de políticas públicas en la ciudad.
ART. 8°. - El Registro Único deberá ser privado y confidencial resguardando la identidad de las personas registradas, para lo cual se deberá firmar un acuerdo de confidencialidad por parte de quienes puedan tener acceso a la información.
ART. 9º.- ESTABLECER, que, en el mes de septiembre de cada año, se incrementen las actividades relacionadas a la prevención del suicidio en conmemoración al "Día Nacional y Mundial de la Prevención al Suicidio celebrado todos los 10 septiembre.
ART. 10°. De Forma.








